OBLIGACION DE LAS AEROLINEAS QUE OPEREN EN EL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CARRASCO "GENERAL CESAREO L. BERISSO", DE ENVIAR AL MINISTERIO DEL INTERIOR LA INFORMACION ANTICIPADA DE PASAJEROS
La falta de remisión de la información requerida o el envío fuera de término, así como la inconsistencia o inexactitud de la información, determinará las acciones punitivas previstas en la normativa vigente.
La falta de envío en tiempo y forma, en ningún caso exime a los responsables de su envío posterior, subsanada la causa que originó la omisión.