Visto: la nueva estructura presupuestal del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca, que se desprende de la ley 16.170 de 28 de
diciembre de 1990.
Resultando:I) Conforme a dicha nueva estructura presupuestal se
suprimió, como tal la Dirección de Asesoría Técnica;
II) Por decreto 832/975, de 30 de octubre de 1975, se asignaron a la
referida Oficina del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, las
funciones y atribuciones que referían a su actividad, como así los
cometidos de sus jerarcas, cuerpo de asesores y secretaría
administrativa.
Considerando: conveniente, por razones de orden y buena administración,
proceder a la derogación expresa del decreto 832/975, de 30 de octubre de
1975, al suprimirse el órgano al que se encontraban destinadas sus
disposiciones.
Atento: a lo precedentemente expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Derógase el decreto 832/975, de 30 de octubre de 1975 y las
disposiciones allí contenidas.