A partir del 1º de mayo de 1995 otórgase un aumento del 9% (nueve por
ciento) sobre la contribución para el pago de las cuotas mensuales de
salud creada por el artículo 14º de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de
1987. (*)
(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s:14/06/1995.
Ver en esta norma, artículo:3.