APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA. EJERCICIO 2013




Promulgación: 16/07/2013
Publicación: 24/07/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 101
Referencias a toda la norma

Artículo 33

 COMPENSACIÓN ESPECIAL. La Agencia Nacional de Vivienda otorgará una
compensación especial mensual de $ 7.331 (siete mil trescientos treinta y
un pesos) a avalores de enero de 2012, a los funcionarios designados por
el Directorio para representarla en los órganos de administración de los
emprendimientos o asociaciones que ésta acuerde, con entidades o empresas
públicas o privadas, nacionales o extranjeras, con el objetivo de ejecutar
obras de construcción o refacción de inmuebles, de acuerdo con las
atribuciones conferidas por la Ley N° 18.125 u otras tareas
extraordinarias en el marco de proyectos prioritarios.
Esta compensación se ajustará en igual oportunidad y condiciones en que se
ajusten los salarios de los funcionarios de la Agencia Nacional de
Vivienda, estará sujeta a los aportes de seguridad social que corresponda
e integrará el cómputo a los efectos del aguinaldo. El beneficiario
percibirá esta compensación mientras desarrolle efectivamente tales
funciones.
Ayuda