APROBACION DE LA PROPUESTA DE PRECIOS DE LA CARTERA DE SERVICIOS MOVILES DE ANTEL




Promulgación: 20/07/2020
Publicación: 23/07/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) N° 455/20 de 16 de abril de 2020;

   RESULTANDO: que por la misma se aprobó la propuesta de precios de la cartera de servicios móviles;

   CONSIDERANDO: I) que las gerencias competentes de ANTEL realizaron los análisis de costos en el marco de lo dispuesto por el inciso II del artículo 12 del Decreto Ley N° 14.235 de 25 de julio de 1974, en la redacción dada por el artículo 13 de la Ley N° 16.211 de 10 de octubre de 1991;

   II) que en cumplimiento del precepto de asegurar una administración eficiente consagrado en el artículo 60 de la Constitución de la República, corresponde acceder a lo propiciado;

   III) que tratándose de estrategias de marketing, la divulgación de determinada información relativa a procesos y productos vinculados a esta decisión puede suponer pérdida de ventajas competitivas frente a otros actores del mercado nacional de telecomunicaciones;

   IV) que los informes de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, avalan lo resuelto por ANTEL;

   ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto en el artículo 60 de la Constitución de la República, el artículo 12 del Decreto Ley N° 14.235 de 25 de julio de 1974 en la redacción dada por el artículo 13 de la Ley N° 16.211 de 1 de octubre de 1991, los artículos 9 literal E) y 13 de la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008, los artículos 1 y 2 del Decreto N° 310/980 de 3 de junio de 1980, la Resolución de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) N° 455/20 de 16 de abril de 2020 y a lo informado por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Montevideo, Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase la propuesta de precios de la cartera de servicios móviles de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) de acuerdo al Anexo (*) adjunto que se considera parte integrante del presente, que tendrá vigencia a partir del 1 de abril de 2020.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

   LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI - AZUCENA ARBELECHE
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