Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la necesidad de realizar una adecuación del Presupuesto
Operativo y de Inversiones del Instituto Nacional de Colonización.
Resultando: I) Que por decreto de fecha 11 de junio de 1986 el Poder
Ejecutivo aprobó el Presupuesto Operativo del Instituto Nacional de
Colonización para el presente Ejercicio;
II) Que el Directorio del Instituto Nacional de Colonización otorgó a
sus funcionarios con fecha 1º de marzo de 1986 y 1º de julio de 1986 un
aumento salarial del 18,5% y 15% respectivamente;
III) Que a partir del 1º de enero de 1986 el Organismo incorpora a sus
cuadros funcionales los funcionarios restituidos ingresados hasta dicha
fecha;
IV) Que es necesario regularizar la situación de los funcionarios que
pasaron del Programa 2.04 "Asistencia Técnica y Rehabilitación" proyecto
002 "Rehabilitación de Colonias Seleccionadas" a prestar funciones de
carácter permanente.
Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el
Directorio del Instituto Nacional de Colonización, así como las medidas
reseñadas se encuentran comprendidas dentro de los lineamientos de la
política económica propiciada por el Gobierno;
II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que
autorice el financiamiento de la misma;
III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen.
Atento: a lo dispuesto precedentemente y a lo establecido por el
artículo 221 de la Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Modifícanse los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" del Presupuesto Operativo y de Inversiones del Instituto Nacional de Colonización correspondiente al Ejercicio 1986, de acuerdo al siguiente detalle:
Rubro Denominación N$ N$
0 Retribución de Serv. Pers 156:697.020
011311.1 Sueldos básicos Escalafón
civil 8:752.104
011311.2 Sueldos básicos Gerent.
Sec. Directorio 1:050.254
011312 Incremento mayor horario
permanente 346.584
011315 Diferencia por Subrog. 9.214
011316 Aumento abril/85 cargos
permanentes 65.828
019311 Sueldo anual complementario
presupuestados 950.078
021321 Sueldos básicos asim.
Escalafón Civil 75:652.398
021322 Incremento por mayor
horario permanente 24:965.294
021325 Diferencia por subrog. 38.486
021326 Aumento abril/85 cargos
contratados 11:106.986
029321 Sueldo anual complementario
contratados 10:597.750
036331 Retribución a jornal y
destajo 331.244
039331 Sueldo anual compl. jor.
036331 Retribución a jornal y
destajo 1:002.794
036332 Incremento por mayor
horario permanente 330.916
036336 Aumento abril/85 jornaleros
y destajo 331.244
039331 Sueldo anual compl. jor.
y destajo 153.172
061304 Funciones distintas al
cargo contratados 2:797.410
061318 Redistribución de func.
cargos permanentes 41.418
061321 Trabajo en horas extras
contratados 18.924
01328 Redistribución de func.
cargos contratados 33.686
062311 Gastos de repres. 906.490
062318 Prima por anti. presup. 498.168
062328 Prima por antig. contrat. 15:735.338
062338 Prima por antig. jorn. 145.928
077 Quebranto de caja 72.156
08021 Adelanto a cuenta cargos
contratados 1:022.400
08031 Adelanto a cuenta jorn. y
destajo 72.000
1. Cargas legales sobre Ss.
Pers. 34:540.186
1.1.1. Aporte patronal jubil. 31:400.178
1.2.3. Aporte patronal al F.N.V. 1:570.004
1.3.1. Impuesto a la Retrib. y
Prestaciones 1:570.004
7 Subsidios y otras Transf. 66:274.852
7.2 Subsidios y otras Transf.
a Prod. privados 10:000.000
7.34 a Gobiernos Depart. 14:000.000
7.4 Transf. a Instit. sin fines
de lucro 4:000.000
7.51 Prima por matrimonio 293.342
7.52 Hogar constituido 5:334.006
7.53 Prima por nacimiento 293.342
7.54 Prestaciones por hijos 2:093.342
7.58 Prestación por Aliment. 20:667.782
7.74 Contrib. por Asist. Méd. 8:807.036
7.79 Otros 130.000
7.92 Impuestos Municipales 656.000
Los Rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias"
contienen el aumento salarial otorgado por el Poder Ejecutivo a partir del
1º de julio de 1986.
A partir de julio de 1986 debe disminuirse en el Rubro 3, Renglón 381
"Servicios Profesionales Contratados" del Programa 2.04 "Asistencia Técnica y Rehabilitación" Proyecto 002 "Rehabilitación a Colonias Seleccionadas" la suma de N$ 2:286.714 correspondiente a siete cargos de técnicos universitarios, Escalafón AaA Grado 1, y un cargo de Oficial II Escalafón AcB Grado 4.