FIJACION DE LOS PRECIOS FICTOS DEL IMESI A LAS BEBIDAS ALCOHOLICAS -
FIJACION DE LOS PRECIOS FICTOS DEL IMESI A LOS CIGARRILLOS - FIJACION DE
LOS PRECIOS FICTOS DEL IMESI DE LOS TABACOS SUBASTADOS COMO DECOMISOS DE
ADUANA - FIJACION DE LOS PRECIOS FICTOS DEL IMESI A LOS LUBRICANTES Y
GRASAS - FIJACION DE LOS PRECIOS FICTOS DEL IMESI PARA EL AZUCAR CON
DESTINO A CONSUMO
Los contribuyentes del Impuesto Específico Interno que embotellen Whisky
dentro del territorio aduanero nacional, con el fin de comercializarlo en
el mercado interno, deberán adherir a cada unidad de los referidos bienes
en ocasión de su fabricación o fraccionamiento, una estampilla de control
en los términos de los artículos 7º y siguientes del Decreto Nº 335/996,
de 28 de agosto de 1996 en las condiciones que establezca la Dirección
General Impositiva.-
Dicha obligación regirá a partir del 1º de octubre de 2005.-