Ver vigencia: Decreto Nº 256/016 de 15/08/2016.
La violación por los funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas de lo establecido precedentemente constituirá falta grave, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal que pudiera aparejar dicha violación.-
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 29 (vigencia).