ORGANIZACION DE LAS ACTIVIDADES DE LAS FISCALIAS LETRADAS




Promulgación: 11/06/2002
Publicación: 17/06/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 1003

Artículo 2

 La misma obligación regirá para las Fiscalías Letradas Departamentales.
Los Fiscales Letrados Departamentales que compartan una misma oficina, en 
el Interior, deben necesariamente estar uno de ellos para viabilizar el 
ejercicio de la competencia administrativa.
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