REGLAMENTACION PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO ELECTRONICO




Promulgación: 26/06/2006
Publicación: 07/07/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 1232
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 72.
Referencias a toda la norma

Artículo 10

 Dirección de Administración. Habrá un Director de Administración que
tendrá la responsabilidad del seguimiento de la ejecución financiera de
los proyectos del presupuesto y de la cooperación internacional, actuando
como Unidad Coordinadora del Programa. Gestionará los servicios de apoyo
internos de la Agencia. Sus funciones serán planificar, organizar y
dirigir los servicios internos de la Agencia, confeccionar los planes
operativos anuales, realizar el seguimiento de la ejecución financiera de
los proyectos y el presupuesto y realizar la administración financiera de
la Agencia.
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