Al solicitar la renovación de los permisos de pesca, además de los
requisitos establecidos por el decreto N° 149/997, de 7 de mayo de 1997 y
decreto N° 333/997, de 19 de setiembre de 1997, las firmas titulares
deberán encontrarse al día en el pago de las facilidades otorgadas en el
marco del presente decreto, ya sea por el permiso cuya renovación se
solicita como por cualquier otro de que sea titular: