APROBACION DE REGIMEN DE CONTRALOR SOBRE GASTOS DE REPARTICIONES DE LA ADMINISTRACION CENTRAL, POR SUMINISTROS DE BIENES Y SERVICIOS DE OTROS ORGANISMOS
Si los créditos permanentes asignados a los renglones respectivos
fueran insuficientes para cubrir los niveles de consumo a que hace
referencia el artículo 2º, se reforzarán por el mecanismo establecido en
el artículo 29 de la ley 14.754 de 5 de enero de 1978.