REGLAMENTACION DE LA LEY 18.407, RELATIVA AL USO DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS DE INFORMACION Y COMUNICACION PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ORGANOS DE LAS COOPERATIVAS




Promulgación: 23/07/2020
Publicación: 04/08/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.407 de 24/10/2008.

Artículo 3

   Las reuniones semipresenciales o a distancia deberán realizarse en las condiciones y oportunidades que el órgano convocante resuelva y en conformidad con el Reglamento Interno, garantizando el cumplimiento de los principios cooperativos en general y en particular el de control y gestión democrática de la cooperativa.
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