TRIBUTOS. IMPUESTOS. PRORROGA DE PLAZO. DECLARACION JURADA




Promulgación: 29/04/1969
Publicación: 05/05/1969

Resumen:

Prorrógase hasta determinadas fechas la presentación de la Declaración Jurada y pago de los impuestos a las Rentas de la Industria y Comercio, a las Sociedades de Capital, a la Renta de las Personas Físicas, al Patrimonio, y a los Arrendamientos Rurales.

Artículo 2

Inciso B) modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 
218/969 de 06/05/1969 artículo 1.
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