DETERMINACION DE LAS CARACTERISTICAS FISICOQUIMICAS QUE DEBEN POSEER LOS VINOS COMUNES PARA EL CONSUMO




Promulgación: 22/06/1983
Publicación: 12/07/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 977

Artículo 3

   Los vinos comúnes que contengan polialcoholes expresados en gramos de
glicerina por litro, en una cantidad superior al 1O% de su alcohol en
peso, serán declarados por la Dirección de Contralor Legal del Ministerio
de Agricultura y Pesca "Vinos fuera de las condiciones legales" a los
efectos dispuestos en el artículo 3 del decreto de 18 de agosto de 1939.
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