"Las partidas del Grupo 0 ("Retribuciones de Servicios Personales, Cargas
Legales sobre Servicios Personales y Beneficios sociales") incluyen el
aumento salarial otorgado con vigencia al mes de enero de 2012, y recogen
la siguiente escala de sueldos:
Nivel Sueldo Base
EXTRA CATEGORIAS (CARGOS GERENCIALES)
Sub-Gerente General 15,2 76.808
Sub-Gerente General 15,1 75.220
Asesoría Letrada 59.411
Gerente de Área 14,3 70.877
Gerente de Área 14,2 65.509
Gerente de Área 14,1 59.411
Inspección general 70.877
Gerente de División 13,3 55.135
Gerente de División 13,2 50.859
Gerente de División 13,1 45.846
Gerente de Departamento 12,3 43.339
Gerente de Departamento 12,2 40.833
Gerente de Departamento 12,1 33.225
TECNICO PROFESIONAL UNIVERSITARIO A
Jefe (estructura anterior - se transforma al vacar) 29.789
A - Prof. Universitario - Técnico 10,7 29.789
A - Prof. Universitario - Técnico 10,6 27.840
A - Prof. Universitario - Técnico 10,5 26.019
A - Prof. Universitario - Técnico 10,4 24.981
A - Prof. Universitario - Técnico 10,3 22.710
A - Prof. Universitario - Técnico 10,2 21.028
A - Prof. Universitario - Técnico 10,1 19.116
TECNICO B
B- Técnico Profesional 10,2 17.258
B.- Técnico 10.1 15.336
ADMINISTRATIVO
Jefe (Nivel 4) 11,3 24.310
Jefe (Nivel 4) 11,2 21.101
Jefe (Nivel 4) 11,1 20.154
C - Personal Administrativo - Administrat. I 10,5 19.178
C - Personal Administrativo - Administrat. II 10,4 17.258
C - Personal Administrativo - Administrat. III 10,3 15.336
C - Personal Administrativo - Administrat. IV 10,2 13.413
C - Personal Administrativo - Administrat. V 10,1 12.098
ESPECIALIZADO
Jefe (estructura anterior - se transforma al vacar) 26.374
Jefe (estructura anterior - se transforma al vacar) 23.854
D - Personal Especializado - Especialista 10,8 26.374
D - Personal Especializado - Especialista 10,7 23.854
D - Personal Especializado - Especialista 10,6 22.349
D - Personal Especializado - Especialista I 10,5 20.843
D - Personal Especializado - Especialista II 10,4 19.338
D - Personal Especializado - Especialista III 10,3 17.833
D - Personal Especializado - Especialista IV 10,2 15.888
D - Personal Especializado - Especialista V 10,1 14.196
DE SERVICIO
Jefe 11,2 20.154
Jefe 11,1 18.309
F - Personal Servicio Auxil. - Auxiliar I 10,5 17.478
F - Personal Servicio Auxil. - Auxiliar II 10,4 15.855
F - Personal Servicio Auxil. - Auxiliar III 10,3 14.233
F - Personal Servicio Auxil. - Auxiliar IV 10,2 12.610
F - Personal Servicio Auxil. - Auxiliar IV 10,1 11.483
RURAL
R - Pers. Rural. - Capataz 11,2 18.309
R - Pers. Rural. - Capataz 11,1 16.226
R - Pers. Rural. - Peon I 10,5 16.658
R - Pers. Rural. - Peon II 10,4 15.450
R - Pers. Rural. - Peon II 10,3 14.239
R - Pers. Rural. - Peon II 10,2 13.029
R - Pers. Rural. - Peon II 10,1 11.483
Las partidas resultantes del Grupo 0 incluyen, asimismo, la mano de obra
de inversión.
Los sueldos base del personal en los cargos presupuestados y de funciones
contratadas, han sido ajustados adicionando a los mismos la partida que se
viene abonando hasta el presente por concepto del objeto del gasto "011.1,
021.1 y 035.2 Aumento mayo /92", eliminando esta última por lo que no
genera costo.
Los sueldos de los señores Miembros del Directorio se determinaron en
concordancia con lo comunicado por nota de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto con vigencia al mes de enero de 2012.
La remuneración establecida para los cargos de los señores Gerente General
y Secretario de Directorio queda regulada en el 95% y el 80%
respectivamente de la retribución de los señores Miembros del Directorio,
excepto la del señor Presidente.
Los créditos para atender el pago de las retribuciones de los señores
Miembros del Directorio están computados en el Derivado 011.2.1; los
correspondientes a los Sres. Gerente General y Secretario de Directorio en
el derivado 011.3; y los correspondientes a los funcionarios
presupuestados se prevén en el Derivado 011.1.1; y todos los demás cargos
y/o funciones contratadas se computan en los Derivados 021.1.1.