COMERCIO EXTERIOR. INDUSTRIA AZUCARERA. EXONERACION DE DERECHOS ADUANEROS




Promulgación: 10/01/1974
Publicación: 22/01/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
      Decreto Nº 346/976 de 17/06/1976 artículo 1,
      Decreto Nº 154/976 de 18/03/1976 artículo 1,
      Decreto Nº 448/975 de 30/05/1975 artículo 1.
Determínase que las semillas de plantas sacarígenas, las maquinarias 
necesarias para los ingenios y refinería, tanto agrícola como industrial,
repuestos y accesorios, ingresarán al país libres de toda clase de 
recargos, incluso del mínimo, de derechos aduaneros y adicionales, así 
como todo otro gravamen o tributo a la importación o del resultado de la
aplicación del impuesto a la importación. Derógase el Decreto Nº 612/973.

Artículo 1



		
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