REASIGNACION DE RECURSOS HUMANOS Y CREDITOS PRESUPUESTALES




Promulgación: 29/01/2014
Publicación: 10/02/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 75
Visto: la necesidad de reasignación de créditos presupuestales y recursos
humanos desde la Unidad Ejecutora 001, "Dirección General de Secretaría" a
la Unidad Ejecutora 002, "Dirección de Desarrollo Social" en el Inciso 15,
"Ministerio de Desarrollo Social";

Resultando: I) que por el artículo 238 de la Ley N° 18.996 de fecha 7 de
noviembre de 2012, se creó en el Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo
Social'', la Unidad Ejecutora 002, "Dirección de Desarrollo Social", cuya
función es la de diseñar, ejecutar y co-ejecutar todos los programas del
"Ministerio de Desarrollo Social";

II) que la mencionada norma faculta al Poder Ejecutivo a determinar los
créditos presupuestales, bienes patrimoniales y recursos humanos que se
reasignarán desde la Unidad Ejecutora 001, "Dirección General de
Secretaría" a la Unidad Ejecutora 002, "Dirección de Desarrollo Social" en
el Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo Social";

III) que por Decreto del Poder Ejecutivo N° 273/013 de fecha 2 de
setiembre de 2013 se aprobó la reformulación de la estructura organizativa
y los nuevos puestos de trabajo del Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo
Social";

Considerando: I) que el Ministerio de Desarrollo Social presenta las
nóminas relativas al pasaje de recursos humanos y créditos presupuestales
desde la Unidad Ejecutora 001, "Dirección General de Secretaría" a la
Unidad Ejecutora 002, "Dirección de Desarrollo Social" de dicha Secretaría
de Estado, de acuerdo a valores del mes de enero del año 2013;

II) que la Contaduría General de la Nación ha informado favorablemente
sobre la existencia de créditos presupuestales necesarios para la
reasignación propuesta por el Ministerio de Desarrollo Social;

Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo N°
238 de la Ley N° 18.996 de 7 de noviembre de 2012;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase la reasignación de recursos humanos y créditos presupuestales
desde la Unidad Ejecutora 001, "Dirección General de Secretaría" a la
Unidad Ejecutora 002, "Dirección de Desarrollo Social" en el Inciso 15,
"Ministerio de Desarrollo Social", correspondiente a la Financiación 1.1,
"Rentas Generales", según el siguiente detalle:

* Recursos Humanos a redistribuir a la Unidad Ejecutora 002:

Cantidad de funcionarios                      59
Cantidad de contratos de derecho temporal     16
Funcionarios en comisión                      7

* Créditos Presupuestales a asignar a la Unidad Ejecutora 002:

Remuneraciones

Programa  Denominación          Proyecto  Denominación       Crédito
                                                             Apertura 2014
401       Red de asistencia     000       Funcionamiento     50.959.670
          e integración social


Funcionamiento

Programa  Denominación         Proyecto Denominación         Crédito
                                                             Apertura 2014
400       Políticas            501      Género, generac.     44.399.779
          transversales de              y capacidades
          desarrollo social             diferentes
401       Red de asistencia e  101      Asistencia a la      154.000.000
          integración social            Vejez
401       Red de asistencia e  102      Trabajo Protegido    300.502.623
          integración social
401       Red de asistencia e  103      Apoyo Alimentario    1.182.002.876
          integración social
401       Red de asistencia e  104      Medidas de Inclusión 157.545.276
          integración social            Social
500       Políticas de empleo  112      Iniciativas          83.391.939
                                        sociolaborales
               TOTAL FUNCIONAMIENTO UE 002                   1.921.842.493

Suministros

Programa Denominación       Proyecto Denominación      O/G       Crédito
                                                                 Apertura
                                                                 2014
401      Red de asistencia  102      Trabajo Protegido 264.000   3.895.490
         e integración
         social

Inversiones

Programa Denominación         Proyecto Denominación          Crédito
                                                             Apertura 2014
401      Red de asistencia e  970      Equipamiento y        3.000.000
         integración social            Mobiliario
        Crédito total a redistribuir a la UE 002             1.979.697.653

Artículo 2

 Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos
presupuestales a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente
Decreto.

Artículo 3

 Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese.

DANILO ASTORI - DANIEL OLESKER - MARIO BERGARA
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