FIJACION DE LOS MONTOS DE LA TASA POR EXPEDICION DE PERMISOS DE PESCA COMERCIAL INDUSTRIAL




Promulgación: 13/01/2015
Publicación: 20/01/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   La expedición del permiso provisorio o definitivo, en su caso, generará la obligación del pago de la primera tasa anual.
   Cada una de las siguientes tasas anuales, hasta completar el plazo de vigencia del permiso, se generarán a partir del día posterior al vencimiento de la tasa anual anterior.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9 (vigencia).
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