PRORROGA DE VIGENCIA DE LOS CREDITOS FISCALES PARA LAS INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 07/08/2017
Publicación: 14/08/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva podrán incrementar, a partir del 1° de setiembre de 2017, el valor de las cuotas básicas de convenios colectivos, sin el aporte al Fondo Nacional de Recursos, de acuerdo a lo establecido en el presente Decreto.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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