REGLAMENTACION DE LOS ARTICULOS 145 A 149 DE LA LEY 19.535, RELATIVO A LA
ASISTENCIA DE URGENCIA Y EMERGENCIA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL PARA TODOS LOS RESIDENTES EN EL PAIS
Créase en el ámbito de la Junta Nacional de Salud la comisión de seguimiento la que tendrá como cometido asesorar sobre el seguimiento y evaluación de los aspectos funcionales, asistenciales y económicos financieros resultantes de la aplicación de lo previsto en los artículos 145 y siguientes de la Ley N° 19.535 y de este Decreto.