DESARROLLO DE OFICINAS SECTORIALES DEL SERVICIO CIVIL




Promulgación: 18/04/1986
Publicación: 21/07/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 960
Referencias a toda la norma

Artículo 13

   Declárase de interés el funcionamiento de unidades asesoras con
cometidos similares a los asignados a las Oficinas Sectoriales del
Servicio Civil en los Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y
Gobiernos Departamentales, exhortándose a dichos Organismos a adoptar las
medidas pertinentes.
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