El personal técnico deberá acreditar alguno de los requisitos
siguientes:
-Profesional Universitario, con formación en alguna de las áreas citadas
en el artículo sexto.
-Título de Técnico en Administración en la Escuela de Administración de
la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración de la
Universidad de la República.
-Estudiante Universitario con formación en alguna de las áreas
mencionadas.
-Cursos aprobados de formación en Racionalización Administrativa,
Administración de Personal o Capacitación dictados por la Oficina
Nacional del Servicio Civil, o nivel equivalente.
El coordinador además de los requisitos antes mencionados, deberá poseer
conocimientos y experiencia en Administración y en las tres áreas de
especialización. (*)