AUTORIZACION A LAS INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA, A COBRAR
UNA CUOTA MENSUAL DIFERENTE PARA LA INTERNACION EN REGIMEN DE HABITACION PRIVADA
Declárase que todas las sumas que los afiliados hubiesen abonado hasta
el presente en forma mensual en razón de obtener en una Institución de
Asistencia Médica Colectiva internación en habitación privada, tienen
naturaleza de cuota a todos sus efectos.