Exonérase del Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales:
a) a las enajenaciones por parte de la Intendencia Departamental de
Maldonado al el Fideicomiso Financiero de Vivienda Social de
Maldonado.
b) a las enajenaciones que pudieren producirse si a la extinción del
citado fideicomiso quedaran inmuebles que tuvieran que ser
transferidos a la Intendencia Departamental de Maldonado.
c) a las enajenaciones por parte del Fideicomiso Financiero de
Vivienda Social de Maldonado en cumplimiento del objeto del mismo,
por la parte que le corresponde como enajenante.