FIJACION DEL PRECIO DE LA VACUNA ANTIAFTOSA




Promulgación: 17/04/1991
Publicación: 22/04/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1991
  •    Página: 447

Artículo 3

    El Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca ejercerán la vigilancia del comportamiento de los
precios de la vacuna antiaftosa fijados de acuerdo a la oferta y demanda,
a cuyos efectos los Laboratorios proporcionarán información relativa a
niveles de precios y justificación analítica de su evolución.
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