EMISION DE BONOS DEL TESORO. BONOS GLOBALES EN PESOS REAJUSTABLES. 4a. SERIE




Promulgación: 20/06/2007
Publicación: 27/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1316

Artículo 5

 El rescate de los Bonos se realizará en la modalidad dispuesta en el artículo 1º del presente Decreto y serán pagaderos en dólares de los Estados Unidos de América, cuya cantidad surgirá de la conversión a esa moneda de los pesos uruguayos reajustados de acuerdo a la variación en ese período del valor de la Unidad Indexada.  
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