AUTORIZACION DEL PAGO DEL IMPUESTO A LA PRODUCCION MINIMA EXIGIBLE DE LAS EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS




Promulgación: 22/04/1977
Publicación: 02/05/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 679

Artículo 4

 Las normas precedentes, serán aplicables, en la misma forma y condiciones
en materia de pago de contribuciones jubilatorias patronales y obreras y
primas por seguro establecidas por la ley 13.705, de 22 de noviembre de
1968 del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural; y del Impuesto a las
Ventas de Semovientes; éste únicamente en el caso de no haber mediado
intervención de rematadores.
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