La Administración de los Servicios de Salud del Estado podrá incrementar a partir del 1° de julio de 2020 los valores de las cuotas de afiliaciones individuales, de convenios colectivos y de núcleo familiar, sin el aporte al Fondo Nacional de Recursos. Estos aumentos no podrán ser superiores a los que surjan de incrementar en hasta 2,98% (dos con noventa y ocho por ciento) los valores vigentes respectivos, confirmados de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 20/020, de 20 de enero de 2020.