La venta de papel ingresado con alícuota 0% sólo podrá realizarse por
quien haya realizado la importación o una empresa beneficiaria del
presente régimen.
La factura correspondiente deberá incluir las siguientes constancias:
1) Destino exclusivamente para la impresión de libros, directorios,
diarios y demás publicaciones de interés general, del papel objeto de la
transacción.
2) Responsabilidad solidaria del comprador por el destino del papel.
3) Fecha y número del documento único de importación por el cual fue
importado el papel objeto de la transacción.