Amplíase hasta determinada fecha, los plazos establecidos por Decretos Nos. 68/972 y 54/972, para que los contribuyentes del Impuesto a la producción mínima exigible de las explotaciones agropecuarias den cumplimiento a determinadas obligaciones.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 262/972 de 13/04/1972.