Derogada/o por: Decreto Nº 7/014 de 16/01/2014 artículo 2.
VISTO: la necesidad de avanzar en el proceso de consolidación de la
lucha contra la evasión fiscal.-
RESULTANDO: que en el caso de la contratación de servicios de publicidad
y de organización de eventos promocionales se han constatado conductas
abusivas que, ameritan un reforzamiento de las medidas de contralor por
parte de la Administración Tributaria.-
CONSIDERANDO: que la introducción en la documentación de las citadas
operaciones de una vía de control destinada a la Dirección General
Impositiva, constituye un instrumento idóneo en relación a las necesidades
expuestas.-
ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 13º del Título 4 y 9º y 80º del
Título 10, del Texto Ordenado 1996.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 219/998 de 12/08/1998 artículo 1.