Cuota Mutual. Otórgase a partir del 1º de enero de 2007 un aumento del 6.38% (seis con treinta y ocho por ciento), sobre la contribución para
el pago de la cuota mutual mensual de salud creada por el artículo 14º
de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987.