APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE AFE. EJERCICIO 1989




Promulgación: 22/05/1990
Publicación: 20/06/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de Ferrocarriles del Estado, correspondiente al ejercicio 1989.

   Resultando: I) Que por decreto 801/988, d3 28 de noviembre de 1988, se aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al ejercicio 1989, a precios del período noviembre 1987-febrero 1988;

   II) Que por decreto 235/989 de 17 de mayo de 1989 se aprobó una adecuación del Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al ejercicio 1989 a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a dicimbre de 1988;

   III) Que está a aprobación del Poder Ejecutivo, una adecuación del Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones, correspondiente al ejercicio 1989, a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a precios promedio del período enero-junio de 1989;

   IV) Que el Directorio de la Administración de Ferrocarriles del Estado otorgó a sus funcionarios un aumento salarial del 23% convigencia al 1° de julio y un incremento del 22,52% para los beneficios sociales que evolucionan con el salario mínimo nacional.

   V) Que corresponde de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 1° y 4° del decreto 801/88 ajustar las partidas de gastos tanto de funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios y tipo de cambio del período enero-octubre de 1989.

   Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el Directorio de la Administración de Ferrocarriles del Estado, así como las restantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidas dentro de los linamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;

   II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice el financiamiento de las mismas;

   III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe;

   Atento: a lo expusto precedentemente,

   El Presidente de la República

                             DECRETA:

                      
   

Artículo 1

   Sustitúyanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de Ferrocarriles del Estado correspondientes al ejercicio 1989, de acuerdo con el siguiente detalle:

                                           N$                  N$
                                           --                  --
I.- RECURSOS .....................                       18.700:740.000.00
                                                         -----------------
A. Ingresos Corrientes............                       16.845:039.000.00
                                                         -----------------
   1. Ingresos por Venta de Servicios                     5.981:778.000.00
      -Ing. por Ss. típicos de la
       actividad.....................  5.353:684.000.00  
      -Ing. por Ss. no típicos de la
       actividad.....................    628:094.000.00      
                                       ----------------
   2. Transferencias del Gobierno
      Central........................                    10.677:975.000.00
      -Por Operaciones corrientes....  9.787:891.000.00
      -Por servicio de deuda.........    890:084.000.00
                                       ----------------
   3. Rentas de la Propiedad.........                        64:320.000.00
      -Intereses.....................     28:662.000.00
      -Alquiler de equipos y edificios    35:658.000.00
                                       ----------------
   4. Otros Ingresos Corrientes......                       120:966.000.00
                                                            --------------
B. Ingresos de Capital ..............                     1.855:701.000.00
   1. Transferencias del Gobierno
      Central........................  1.855:701.000.00 

II - PRESUPUESTO OPERATIVO...........                    22.642:841.000.00
                                                         -----------------

Rubro          Denominación                  N$                 N$
-----          ------------                  --                 --
  0    RETRIBUCION SERVICIOS PERSONALES                  14.315:578.000.00
011311 Sueldos básicos Cargos Ptados.   3.785:525.000.00
011315 Diferencia p/subrogación........   154:617.000.00
011319 Diferencia por reest. presupues-
       tados...........................     4:555.000.00
019311 Sueldo anual complementario.....   489:813.000.00
021321 Sueldos básicos personal contra-
       tado............................ 4.364:389.000.00
021325 Diferencia p/subrogación........   140:953.000.00
021329 Diferencia por reest. contratados    1:151.000.00 
029321 Sueldo anual complementario.....   513:768.000.00 
05     Honorarios......................    61:847.000.00
061311 Horas Extras cargos presupuestados 463:972.000.00
061321 Horas Extras cargos contratados.   379:232.000.00
061312 Cambio Res. Habitual cargos 
       presup.......................... 1.181:518.000.00                       
                                        ----------------
       * Desplazamiento ............... 1.164:498.000.00
       * Olla .........................    17:020.000.00
061322 Cambio Res. habitual cargos
       contratados..................... 1.361:112.000.00
                                        ----------------
       * Desplazamiento ............... 1.249:644.000.00
       * Olla .........................   111:468.000.00
061314 Func. distintas cargos presupuest.  63:525.000.00
061324 Func. distintas cargos contratados  52:858.000.00
061315 Por Trabajo Nocturno cargos pre-
       supuestados.....................    49:693.000.00
061325 Por Trabajo Nocturno cargos con-
       tratados........................    63:525.000.00
061319 Comp. Congeladas cargos presu-
       puestados.......................     5:400.000.00
061329 Comp. Congeladas cargos contra-
       tados...........................     6:720.000.00
062301 Gastos de representación........     3:505.000.00
062318 Prima por antigüedad cargos pre-
       supuestados.....................   742:767.000.00
062328 Prima por antigüedad cargos con-
       tratados........................   412:965.000.00
077311 Quebranto Caja cargos presupues-
       tados...........................     2:446.000.00
077321 Quebranto Caja cargos contratados      122.000.00
081311 Adelanto a cuenta cargos presu-
       puestados.......................     2:580.000.00
081321 Adelanto a cuenta cargos contra-
       tados...........................     7:020.000.00    
                                          --------------

      2 MATERIALES Y SUMINISTROS.......                   4.478:654.000.00
      3 SERVICIOS NO PERSONALES........                   1.374:677.000.00
      4 MAQUINAS, EQUIPO Y MOBILIARIO
        NUEVOS.........................                   1.057:452.000.00
      7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS                  1.416:480.000.00

751     Prima por Matrimonio...........    12:439.000.00 
752     Hogar Constituido..............   936:275.000.00
753     Prima por Nacimiento...........    31:393.000.00
754     Prestaciones por hijo..........   337:987.000.00
772     Prestaciones por Accidentes de
        Trabajo........................    88:546.000.00
781     Transferencias a Organismos
        Internacionales................     5:146.000.00
791     Tributos Nacionales............       108.000.00
792     Tributos Municipales...........     4:586.000.00

III - OPERACIONES FINANCIERAS..........                   3.149:166.000.00
                                                          ----------------

Rubro           Denominación                     N$               N$
-----           ------------                     --               --

  8     Servicios de Deuda y Anticipos                    3.149:166.000.00

IV -    INVERSIONES ...................                   8.779:479.000.00

Rubro           Denominación                     N$               N$
-----           ------------                     --               --

                                                          ----------------

    2   MATERIALES Y SUMINISTROS.......                   1.148:620.000.00
    3   SERVICIOS NO PERSONALES........                     190:927.000.00
    4   MAQUINAS, EQUIPO Y MOBILIARIOS
        NUEVOS.........................                   1.999:853.000.00
    6   CONST. MEJORAS Y REPARAC. 
        EXTRAORD. .....................                   5.440:079.000.00

   La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte de este decreto.

   Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo relativo a beneficios sociales, están expresados a precios de enero-octubre de 1989.

   Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 580,00 (nuevos pesos quinientos ochenta) por dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios de enero-octubre de 1989.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 221/990 de 
22/05/1990.
Referencias al artículo

LACALLE HERRERA - WILSON ELSO GOÑI - ENRIQUE BRAGA SILVA
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