Las propuestas serán remitidas a la Oficina Nacional del Servicio Civil,
la que convocará a la Comisión creada por el artículo 12 de la Ley 18.362,
la que deberá pronunciarse respecto del cumplimiento de los requisitos
referidos en el artículo 1º, disponiendo para ello de un plazo de 10 días
hábiles a partir de recibida la propuesta por parte de la citada Oficina.