El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
El Instituto Nacional de Alimentación dependiente del Ministerio de Desarrollo Social será el organismo encargado de asegurar que las personas con diagnóstico de diabetes, sea cual sea su estado, y que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y económica accedan a una alimentación saludable.