Los cupos serán adjudicados de acuerdo a los siguientes criterios:
1.- El 80% del cupo será adjudicado a las plantas industriales que
cuenten con antecedentes generados según los Artículos 9 y 10 de la
presente Resolución.
2.- El 20% restante se distribuirá entre plantas industriales sin
antecedentes, a prorrata de los que hubieran presentado la correspondiente
solicitud al INALE.-
3.- Los saldos de libre disponibilidad serán adjudicados según los
Artículos 11 a 13 del presente Decreto.-