REGLAMENTACION DE LA CUOTA MUTUAL DE FUNCIONARIOS DOCENTES Y NO DOCENTES DE ENSEÑANZA PRIMARIA




Promulgación: 12/07/2006
Publicación: 19/07/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 67
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.453 de 28/02/2002 artículo 46.

Artículo 2

 Son beneficiarios de la partida de financiamiento de la cuota mutual que
se reglamenta, los funcionarios de la Administración Nacional de
Educación Pública y revistan en calidad de:

a) docentes efectivos e interinos.
b) Docentes suplentes
c) Funcionarios no docentes
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