VISTO: el proyecto de estructura de contratos de función pública de la
Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", del Programa 001
"Administración Superior", del Inciso 08 "Ministerio de Industria,
Energía y Minería";
RESULTANDO: que la estructura de contratados de función pública de la
citada Unidad Ejecutora fue aprobada por Decreto Nº 337/999 de 20 de
octubre de 1999 y modificada por Decreto Nº 395/001 de 10 de octubre de
2001;
CONSIDERANDO: I) que dicha estructura ha sido objeto de algunas
modificaciones imprescindibles a fin de ajustarla a las actuales
necesidades del servicio;
II) que el artículo 8º del Decreto-Ley Nº 14.985 de 28 de diciembre de
1979, faculta a las Unidades Ejecutoras a efectuar modificaciones una vez
por año mediante acto fundado del Poder Ejecutivo, con el refrendo del
Ministerio de Economía y Finanzas;
III) que la suma de las retribuciones correspondientes a las funciones
contratadas que se proyectan, no excede el monto de los créditos
respectivos;
IV) que los contratos previstos conforman una estructura de funciones
adecuadas para el cumplimiento de los cometidos de la Unidad Ejecutora de
la que se trata;
ATENTO: a lo antes expuesto, a lo informado por la Contaduría General
de la Nación y a lo establecido en el artículo 8º del Decreto-Ley Nº
14.985 de 28 de diciembre de 1979.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase a partir del 31 de diciembre de 2002, la estructura de
contratos de función pública de la Unidad Ejecutora 001 "Dirección
General de Secretaría" del Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y
Minería", que detalla a continuación:
Cant. Denominación Serie Esc. Gdo.
1 Gerente Financ. Contable Dir. Divis. Contador A 16
1 Coordinador Gabinete Técnico Abogado A 16
1 Director de Asesoría Abogado A 16
1 Asesor Profesional A 16
1 Asesor Ingeniero
Industrial A 16
1 Asesor Contador A 16
1 Asesor I (*) Economista A 16
1 Director de Asesoría (al vacar
Asesor I Contador) Profesional A 15
1 Director de Asesoría Profesional A 15
1 Asesor II Abogado A 14
1 Asesor II Profesional A 14
1 Asesor II Contador A 14
1 Asesor III Escribano A 13
1 Sub Gerente Recursos Humanos
Director de Departamento Tec. Adm. Pbca. B 15
1 Técnico II Tec. Adm. Pbca. B 13
1 Gerente Adm. Gral. Direc. Divis. Administrativo C 14
1 Administrativo (*) Administrativo C 14
4 Director de Departamento Administrativo C 12
1 Secretario I Administrativo C 12
1 Secretario II Administrativo C 11
2 Jefe de Sección (*) Administrativo C 11
11 Administrativo Administrativo C 10
4 Administrativo I Administrativo C 09
4 Administrativo II Administrativo C 08
3 Administrativo III Administrativo C 07
2 Administrativo IV Administrativo C 06
1 Director de Departamento (*) Especialización D 13
2 Especialista IV Especialización D 11
1 Oficial II Oficios E 08
1 Oficial II Chofer E 08
2 Oficial III Chofer E 07
1 Oficial IV Albañil E 06
1 Intendente Servicios F 10
1 Auxiliar Portero F 09
1 Auxiliar I Servicios F 08
2 Auxiliar II Servicios F 07
3 Auxiliar III Servicios F 06
(*) Al vacar se trasforma, no pudiendo dicha transformación superar el
crédito presupuestal asignado