APROBACION DE REGLAMENTO DE EXPOSICIONES, FERIAS Y REMATES DE GANADO




Promulgación: 26/04/1978
Publicación: 05/05/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 687
Referencias a toda la norma

DE LA HABILITACION DE LOS REFERIDOS LOCALES

Artículo 4

   La Dirección de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura y Pesca,
previa inspección, concederá la habilitación correspondiente, que tendrá
carácter precario y que será cancelada en los casos de cambio de
propietario, como también por deterioros en las instalaciones que las
hagan impropias para el uso a que se les destine, y cualquier otra
infracción al presente Reglamento.
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