ADMINISTRACION DE JUSTICIA. COMPETENCIA POR CUANTIA DE LOS JUZGADOS DE PAZ




Promulgación: 02/06/1981
Publicación: 10/06/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1981
  •    Página: 887

Artículo 3

   Encomiéndase a la Corte de Justicia la comunicación anual, a todos los
Juzgados de Paz de la República, del valor de la Unidad Reajustable
aplicable, a cuyos efectos y hasta tanto no se publique la corrección
correspondiente, el mismo es de N$ 86.09 (nuevos pesos ochenta y seis con
cero nueve centésimos).
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