(Hospitalización por orden judicial)
Cuando estén dadas las condiciones para el alta de la persona usuaria de los servicios de salud mental hospitalizada por orden judicial, la Dirección Técnica del prestador deberá notificar a la Comisión Nacional de Contralor de la Atención en Salud Mental y al Juez competente. La Comisión le dará cuenta a la INDDHH.