(Hospitalización de niños, niñas y adolescentes)
Toda hospitalización dispuesta judicialmente que recaiga sobre un niño, niña o adolescente, deberá ser notificada, dentro de las 24 horas siguientes, por el Director Técnico del prestador de salud a cargo, a la Comisión y a la INDDHH, en las condiciones previstas en el artículo 29 de la ley.