REGLAMENTACION DE LA LEY 19.529 (LEY DE SALUD MENTAL)




Promulgación: 16/07/2018
Publicación: 27/07/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.529 de 24/08/2017.

CAPÍTULO I - NOTIFICACIÓN DE HOSPITALIZACIONES

Artículo 4

   (Hospitalización de niños, niñas y adolescentes)
   Toda hospitalización dispuesta judicialmente que recaiga sobre un niño, niña o adolescente, deberá ser notificada, dentro de las 24 horas siguientes, por el Director Técnico del prestador de salud a cargo, a la Comisión y a la INDDHH, en las condiciones previstas en el artículo 29 de la ley.
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