La autorización del traslado, los pasajes y viáticos diarios
correspondientes, serán dispuestos por Resolución fundada del Poder
Ejecutivo actuando con el Ministro o Ministros que gestionan el viaje o
del que depende el miembro o miembros de la Comisión, Delegación o Grupo
técnico de que se trate y se liquidarán por la Secretaría o Secretarías
de Estado respectivas, con cargo a sus recursos presupuestales o
extrapresupuestales, establecidos para atender estas erogaciones.