FIJACION DE LA TASA DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES




Promulgación: 09/08/2000
Publicación: 17/08/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 158
VISTO: el régimen de devolución de tributos a las exportaciones,
establecido por la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994.-

CONSIDERANDO: que es necesario adecuar el régimen de devolución de
tributos a las exportaciones a las modificaciones introducidas en la
momenclatura a diez dígitos de uso interno por la Resolución del
Ministerio de Economía y Finanzas de 4 de julio de 2000.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por la mencionada Ley Nº 16.492,
citada.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjanse las siguientes tasas de devolución de tributos a las
exportaciones registradas a partir del 5 de julio de 2000.-

ITEM N.C.M.                              % DEV. s/FOB
1905.20.10.00                                  2.00
1905.20.90.00                                  2.00
1905.90.10.00                                  2.00
1905.90.20.00                                  2.00
1905.90.90.00                                  2.00

Artículo 2

 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación.-

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.-

BATLLE - ALBERTO BENSION - SERGIO ABREU - GONZALO GONZALEZ
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