CAPITULO I - PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO
Artículo 16
Facúltase a la Dirección General de Casinos, a conceder hasta ocho
Pasantías, a favor de egresados de la Universidad de la República, con
títulos de: Contador Público, Licenciado en Administración o Economista;
Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, Doctor en Veterinaria, Analista o
Ingeniero de Sistemas, para actuar en la materia propia de sus
respectivas profesiones, en las condiciones y por los períodos que estime
necesarios.-