CREACION DE CONDECORACION "MEDALLA AL VALOR MILITAR"




Promulgación: 25/06/2007
Publicación: 29/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1339

Artículo 6

 El otorgamiento de la condecoración será concedido por el señor 
Comandante en Jefe del Ejército, de acuerdo a la propuesta de una 
Comisión Asesora integrada por tres señores Oficiales Generales en 
actividad, quienes se constituirán como miembros permanentes. Los 
anteriormente citados serán asistidos por los señores Inspectores de las
Armas correspondiente al personal evaluado para su distinción, como 
miembros adicionales transitorios.
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