CREACION DE CONDECORACION "MEDALLA AL VALOR MILITAR"




Promulgación: 25/06/2007
Publicación: 29/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1339

Artículo 8

 El acto de entrega de la condecoración "Medalla al Valor Militar" y el 
diploma correspondiente será efectuado en una ceremonia formal en la sede
de la Unidad donde el destinatario preste servicios en esos momentos, 
presidida por el señor Comandante en Jefe del Ejército o quien fuera 
designado por el mismo en su representación.
Ayuda