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Decreto
N° 229/975
EXONERACION TRIBUTARIA A LAS IMPORTACIONES. AZUCAR PARA REFINACION. YERBA MATE. CAFE EN GRANO NO TORRADO. ARPILLERA. MAQUINAS PARA OBRAS VIALES. MEDICAMENTOS Y MATERIAS PRIMAS DESTINADAS A SU ELABORACION
Documento Actualizado
Toda la Norma
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Promulgación: 20/03/1975
Publicación: 09/04/1975
Registro Nacional de Leyes y Decretos:
Tomo: 1
Semestre: 1
Año: 1975
Página: 520
Artículo 5
Dese cuenta al Consejo de Estado.
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