Reglamentario/a de: Ley Nº 15.809 de 08/04/1986 artículo 385.
Artículo 9
Comuníquese a la Contaduría General de la Nación Oficina Nacional del
Servicio Civil, Contaduría Central del Ministerio de Educación y Cultura y
pase al Servicio Oficial de Difusión Radiotelevisión y Espectáculos a sus
efectos y para su posterior archivo.